Lineamientos de preparación y mitigación ante el fenómeno de El Niño

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La Procuraduría General de la Nación instó a la institucionalidad de país y a las entidades adscritas al Sistema Nacional Ambiental (SINA), a activar las medidas de preparación, adaptación y mitigación, en consideración, a los múltiples impactos meteorológicos, hidrológicos y socio – ecológicos que puede ocasionar el fenómeno de El Niño 2026 – 2027.

Lo hace través de la Delegada para Asuntos Ambientales, Minero – Energéticos y Agrarios, en el marco de su función constitucional y legal, a través de la circular No. 001/2026.

Lo anterior, de cara a proteger la seguridad hídrica, prevenir incendios forestales y conservar ecosistemas estratégicos de país, priorizando en esto, el uso del recurso hídrico para el consumo humano sobre cualquier otro uso y exigiendo la protección de ecosistemas proveedores de agua (páramos y humedales).
De igual manera, se indica la obligación de utilizar el Sistema de Información Ambiental de Colombia (SIAC), el Registro Nacional de Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (RENARE) y el Sistema Nacional de Información Forestal (SNIF) para la toma de decisiones basadas en evidencia técnica y alertas tempranas del IDEAM.
También, se deben establecer medidas técnicas y administrativas que permitan optimizar la gestión de los embalses y fortalecer esquemas de respaldo energético ante la posible disminución de aportes hídricos para la generación de energía con hidroeléctricas.
Así mismo, la referida circular establece un marco de responsabilidad compartida y cumplimiento obligatorio, bajo amenaza de sanciones disciplinarias, por no activar ni utilizar instrumentos de planificación, tales como los Planes Integrales de Gestión del Cambio Climático Sectoriales (PIGCCS) y Territoriales (PIGCCT), así como de los Planes de Contingencia municipales.
Igualmente, se hace énfasis en la Operatividad inmediata de los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres (CMGRD) y la articulación con el Sistema Nacional Ambiental (SINA).
Las entidades destinatarias de la circular deben remitir un informe detallado de acciones preventivas a la Procuraduría General de la Nación, a más tardar el 30 de junio.
Fuente: Procuraduría General de la Nación