Air-e detecta pérdidas de energía en centros comerciales y conjuntos residenciales

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Dentro del plan de pérdidas se detectó un nuevo hallazgo en controles que adelanta la empresa Air-e, con revisiones técnicas a las instalaciones eléctricas de las áreas comunes de algunos centros comerciales y propiedades horizontales.

Cuando estos usuarios son atendidos por otros comercializadores, se adelantan las inspecciones con las empresas que le suministran energía y en casos particulares acompaña la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Se han encontrado que no cumplen con las normas técnicas que garantizan el adecuado funcionamiento de las instalaciones eléctricas internas.

En algunos casos, su estado pone en riesgo la prestación del servicio a los centros comerciales, propiedades horizontales y usuarios conectados a las redes de distribución de la empresa.

Por otro lado, en seguimiento a medidores de las zonas comunes, la mayoría de esta energía no es igual a la que efectivamente consumen todas las instalaciones eléctricas de dichas zonas.

De acuerdo con el análisis realizado por la empresa el consumo de los centros comerciales y edificios intervenidos a agosto solo era de 1.1 GW y a octubre de 8.1GW.

En solo en tres meses supera los 4.5GW, lo que implica que había pérdidas por $5.000 millones aproximadamente.

La realidad es que muchos locales intervienen la red de las áreas comunes para o pagar el consumo real de lo consumido.

En síntesis

Air-e ha detectado que, mediante estas conexiones antitécnicas en las propiedades horizontales, se dejado de facturar más de 4.5GW, lo que representa la energía que consumiría en un mes el municipio de Juan de Acosta.

Por el estado actual de las instalaciones eléctricas internas de las áreas comunes, las únicas alternativas que existen para registrar adecuadamente su consumo es que el medidor de las áreas comunes se reubique a una zona de fácil acceso desde el exterior del inmueble, como lo consagra la Resolución CREG 108 de 1997, o se instale un medidor general, como lo establece la Ley 675 de 2001 (propiedad horizontal).

La empresa Air-e ha planteado estas alternativas por escrito a los centros comerciales y propiedades horizontales, concediéndoles un plazo de 30 días para implementar estos cambios y asegurar así el registro del consumo de energía.

Al vencerse este plazo sin recibir respuesta, la empresa instalará un medidor general para registrar las pérdidas de energía y facturarlas a la propiedad horizontal.

Éste es el único mecanismo para evitar que se sigan incrementando las pérdidas y se afecte el servicio de energía a todos los usuarios.

Finalmente, la empresa denunció que en algunos centros comerciales y edificios se pretende fijar un horario o restringir el acceso a la lectura y revisión de medidores.

Esta conducta va en contra de la regulación y la ley, puesto que en ellas se consagra el derecho que tiene la empresa de adelantar estas labores y la posibilidad de adelantar un amparo policivo, declarar el incumplimiento del contrato y se ordene la suspensión del servicio por esta causal.

Fuente: Relaciones Externas Air-e