DIAN restringe tránsito internacional de cigarrillos en territorio colombiano

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Luis Eduardo Llinás, director general (e) de la DIAN.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la Resolución 9021 de 2025, que prohíbe el tránsito aduanero internacional de cigarrillos clasificados en la partida arancelaria 24.02 del Arancel de Aduanas.

La medida se adopta para neutralizar conductas relacionadas con el contrabando de esta clase de mercancías, fortalecer el control y la seguridad en las fronteras y proteger la industria formal y legal.

Sin importar su país de origen, a los cigarrillos clasificados en dicha partida arancelaria que arriben al territorio aduanero nacional y que no tengan como destino final Colombia no se les podrá autorizar un tránsito aduanero internacional hasta su país de destino.

Por su parte, aquellos que sean legalmente importados o cuyo destino final sea Colombia, mantendrán el ingreso y nacionalización.

La DIAN advirtió que en su estudio de distorsión de importaciones entre 2021 y 2023, creció el contrabando abierto y técnico por subfacturación de estos productos, donde el Estado dejó de percibir 94.874 millones de pesos por tributos aduaneros.

“Entre 2021 y el primer semestre de 2025 hemos instaurado 133 denuncias ante la Fiscalía General de la Nación por delitos asociados a la cadena del contrabando de cigarrillos y tabaco por más de 71.200 millones de pesos; el golpe que el contrabando le genera a la economía y al desarrollo de Colombia es gigante”, dijo Luis Eduardo Llinás, director general (e) de la DIAN.

La Resolución 9021 de 2025, también permite importar bajo la modalidad de entrega urgente: bienes, materiales, insumos, partes, repuestos y demás material que se requieran para la prestación de los servicios de transporte aéreo y marítimo, así como para la prestación del servicio público de energía eléctrica.

Estas son medidas de facilitación que se adoptan para garantizar el ejercicio de la operación logística y la respuesta oportuna a situaciones de emergencia.

“Ante los notorios efectos del cambio climático, se hace necesario tomar esta medida para dar respuesta oportuna a situaciones de emergencia y así evitar fallas en sectores críticos como los servicios de salud, interrupciones en servicios esenciales como el acueducto, afectaciones en el transporte público y privado e interrupciones en las redes de comunicación (telefonía e internet), entre otros temas”, concluyó el director Llinás.

Fuente: DIAN